bodas religiosas iglesia

Ceremonias civiles vs religiosas

Seguramente muchos de vosotros tiene claro que el día que os caséis será por la iglesia o por lo civil, pero muchas veces supone un verdadero problema tomar esta decisión. Bien porque uno de los dos es creyente y el otro no lo es, o porque tiene algún familiar que no concibe casarse si no es por la iglesia y no lo quiere defraudar.

Si os encontráis en esta situación, os explicamos a continuación las diferencias entre una boda religiosa y una boda civil.

Según el Instituto Nacional de Estadística, 6 de cada 10 matrimonios que se celebran en España son civiles. La tradición católica ha marcado tendencia aunque poco a poco las ceremonias civiles van ganando terreno. Esto podría ser debido a un mayor desapego hacia lo religioso, aunque nosotras pensamos que principalmente se debe a la existencia de fórmulas cada vez más flexibles para personalizar las ceremonias civiles frente a la intransigencia y poca flexibilidad que tenemos cuando se trata de organizar una ceremonia religiosa.

ceremonias civiles altar

 

Bodas religiosas

Para casarse por la iglesia, los novios necesitan tramitar el expediente matrimonial, que se compone de la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI
  • Partida de nacimiento
  • Partida de Bautismo
  • Certificado del curso prematrimonial
  • Certificado de soltería

Toda esta documentación la tienen que presentar las parejas en su parroquia para así poder iniciar el expediente matrimonial unos 3 meses antes de la boda.

Hay que tener en cuenta que las bodas católicas son válidas a efectos civiles en España, pero debéis inscribir el matrimonio en el Registro Civil correspondiente en un plazo de 5 días hábiles después del día de la boda para que tenga validez legal. En muchos casos es el mismo párroco el que lo tramita directamente y si no es el caso, lo puede hacer algún familiar vuestro.

Bodas civiles

Si estáis pensando en una ceremonia civil, en este caso hay que tramitar un expediente en el Registro Civil de la localidad donde os vais a casar, siendo necesario que uno de los dos esté empadronado en la localidad. De este modo los documentos necesarios para ello son los siguientes:

  • Original y fotocopia del DNI o pasaporte
  • Certificado de empadronamiento de los novios durante los dos últimos años (en el Ayuntamiento)
  • Certificado literal de nacimiento ( en el Registro Civil)
  • Declaración jurada de estado civil de soltería (en el Registro Civil)
  • Instancia de solicitud de matrimonio ( en el Registro Civil)

Las bodas civiles no tienen por qué celebrarse solamente en los juzgados, también es posible organizar una ceremonia civil en un jardín o frente al mar, siempre y cuando las oficie el juez del registro civil, el alcalde del municipio o un concejal.

ceremonias civiles

En cualquier caso, es una elección muy personal y siempre os recordamos que tenéis que ser conscientes y respetar la decisión tomada, así por ejemplo, las músicas para cada ceremonia serán completamente diferentes. Si os casáis por la iglesia, lo normal es que elijáis canciones más clásicas, mientras que si lo hacéis por lo civil, podréis elegir un repertorio más amplio.

En ambos casos, desde Sophie Kors weddings os ayudaremos en todo lo que necesitéis para que tengáis una boda perfecta!

Fuentes: Say Cute, Carla Aymat, Dallas & Sabrina Photography, Enroute Photography

Write a comment

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies